CCOO-PDI informa que acaba de ganar una sentencia histórica en la ratificación de los derechos del PDI. CCOO Madrid gana sentencia en el Tribunal Supremo que reconoce lo siguiente:
- El derecho del PDI no permanente a someter su actividad investigadora (sexenios) cada seis años y, en caso de superar la evaluación, el derecho a percibir el correspondiente complemento retributivo.
- El derecho del Profesor Asociado a investigar
«…resulta concluyente que no existen diferencias entre el personal permanente y el temporal que justifiquen la desigualdad de trato; más aún si se tiene en cuenta que el derecho que se discute es, primariamente, el acceso a la evaluación de la actividad investigadora cada sexenio que, obviamente tendrá en cuenta los resultados de la investigación que responden al esfuerzo personal o del equipo de investigación en el que se integre el docente, todo ello con independencia de la naturaleza, permanente o temporal de su contrato…(STS 315/2023)»




















