CCOO-PDI informa que acaba de ganar una sentencia histórica en la ratificación de los derechos del PDI. CCOO Madrid gana sentencia en el Tribunal Supremo que reconoce lo siguiente:

  1. El derecho del PDI no permanente a someter su actividad investigadora (sexenios) cada seis años y, en caso de superar la evaluación, el derecho a percibir el correspondiente complemento retributivo.
  2. El derecho del Profesor Asociado a investigar

Esto se deduce claramente del texto (literal) extraído de la Sentencia:

«…resulta concluyente que no existen diferencias entre el personal permanente y el temporal que justifiquen la desigualdad de trato; más aún si se tiene en cuenta que el derecho que se discute es, primariamente, el acceso a la evaluación de la actividad investigadora cada sexenio que, obviamente tendrá en cuenta los resultados de la investigación que responden al esfuerzo personal o del equipo de investigación en el que se integre el docente, todo ello con independencia de la naturaleza, permanente o temporal de su contrato…(STS 315/2023)»

La sentencia se basa en el principio de igualdad de trato en trabajadores fijos y temporales, en la misma línea de la ganada por CCOO Andalucía en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y que ahora está en el Supremo.
CCOO-PDI está convencida de que es cuestión de tiempo que la sentencia que hemos ganado en Andalucía tenga el mismo tratamiento por el Supremo y felicita al PDI afectado por la eliminación de esta traba en su carrera que muy pronto, a vista de lo acontecido, tiene que llegar a su fin también en nuestra Universidad.
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