CCOO-PDI quiere indicar que las comunicaciones que se están recibiendo de manera extraoficial y en relación a la LOSU no se acercan al texto aprobado en Congreso de los Diputados. 

Algunas de las dudas que están despertando entre el PDI deben ser aclaradas. A la espera de la publicación en BOE, en el texto de la LOSU aprobado en Congreso de los Diputados establece claramente lo siguiente: 

  1. La horquilla de horas lectivas para el PDI se sitúa entre 120 y 240 horas lectivas. En ningún lugar de la ley se establece que todo el PDI estará a 240 horas lectivas. Es más, se permite exoneración.

Artículo 75. Régimen de dedicación.  

2. El profesorado funcionario en régimen de dedicación a tiempo completo tendrá  asignada a la actividad docente un máximo de 240 y un mínimo de 120 horas lectivas por  curso académico dentro de su jornada laboral anual. La universidad podrá modificar esta  horquilla para: 

a) Corregir las desigualdades entre mujeres y hombres derivadas de las  responsabilidades de cuidado de personas dependientes.  

b) Hacerla compatible con el ejercicio de cargos unipersonales de gobierno y con  las tareas de responsabilidad en proyectos de interés para la universidad en la forma en  que lo determinen los Estatutos.  

c) Permitir las tareas del profesorado que represente los intereses de los empleados  públicos.   

–> Por ello desde CCOO-PDI exigimos la apertura inmediata de la Mesa de Negociación de manera que se tramite una actualización del Reglamento para la Elaboración de los Planes de Asignación de Profesorado a los Planes de Organización Docente que no se actualiza desde 2019. Ahí se pueden incluir todas nuestras responsabilidades laborales y elementos que permitan nuestra conciliación personal. 


–> CCOO-PDI no aceptará la eliminación de asignación de créditos por labores de investigación (gestión de proyectos de I+D, etc.) o académicas (dirección de tesis doctorales) o de otra índole ya conseguidas en negociaciones previas, lo que supondria una pérdida de derechos adquirida. 

  1. Desaparece la necesidad de tener la acreditación a Profesor Ayudante Doctor, pero la misma se mantiene como mérito preferente durante los 4 años posteriores a la aprobación de la LOSU. 
  2. La acreditación vigente de Profesor Contratado Doctor será válida para la figura de Profesor Permanente Laboral (nueva figura que viene en sustitución a la de Contratado Doctor pero idéntica en su planteamiento). 
  1. El procedimiento de acreditación para la figura de Profesor Contratado Doctor continuará siendo aplicable hasta que la ANECA tenga resueltos los nuevos criterios de acreditación para la figura sustituta de Profesor Permanente Laboral (1 año tiene ANECA para llevar a cabo esta transitoria). Entendemos que se establecerán medidas de adaptación/homologación de la acreditación de Contratado Doctor a la acreditación de Permanente Laboral de manera que una acreditació ya conseguida se mantenga en vigor. 
  1. Los Profesores Ayudantes Doctores actuales mantendrán sus condiciones de contrato (5 años de contrato temporal). 
     
  2. La ley no dice nada en relación a la adaptación del contrato de Profesor Ayudante Doctor antiguo (5 años y 24 cr. de docencia) al contrato de Profesor Ayudante Doctor nuevo (3+3 años, evaluación del desempeño y 180 horas de docencia).
  3. A los profesores y profesoras que, a la entrada en vigor de esta Ley, estén contratados como Ayudantes Doctores y que, al finalizar su contrato, no hayan obtenido la acreditación para la figura de Profesor o Profesora Permanente Laboral, se les prorrogará su contrato un año adicional.
  4. Quienes a la entrada en vigor de esta Ley dispongan de una acreditación para Profesor/a Titular de Universidad o hubieran iniciado el trámite para su obtención o estén contratados como Profesor/a Ayudante Doctor/a, Profesores/as Colaboradores/as con carácter indefinido o Profesor/a Contratado/a Doctor/a, no tendrán que acreditar el requisito de estancias de movilidad en universidades y/o centros de investigación.
     
  5. Los profesores y profesoras que, a la entrada en vigor de esta Ley, dispongan de un contrato de Profesor/a Contratado/a Doctor/a mantendrán los derechos y deberes recogidos en el contrato mencionado. Previa solicitud, los Profesores/as Contratados/as Doctores/as podrán integrarse en la modalidad de Profesores/as Permanentes Laborales, en las mismas plazas que ocupen, y computándose como fecha de ingreso la que tuvieran en la modalidad de origen. Asimismo, las universidades promoverán procesos de estabilización a la figura de Profesor/a Permanente Laboral para todas aquellas plazas de Profesor/a Contratado/a Doctor/a interino/a. 
     
  6. Podrán seguir convocándose plazas de Profesor Contratado Doctor hasta final de 2023. Esto significa que no se paraliza la oferta de empleo público pues las personas que ganen estos concursos podrán pedir de manera automática su paso a denominarse Profesor Permanente Laboral

 

Disposición transitoria undécima. Concursos para la cobertura de plazas de personal docente e investigador. Las convocatorias para la cobertura de plazas de personal docente e investigador oficialmente publicadas antes del 31 de diciembre de 2023, podrán regirse por la normativa vigente antes de la entrada en vigor de esta Ley. 

Sobre todo, esta LOSU no puede suponer una pérdida de derechos adquirida, sino todo lo contrario. Por ello seguimos exigiendo: 

a) Planes de estabilización a figuras permanentes 

b) Transparencia en la estabilización de investigadores 

c) Mantenimiento de los acuerdos alcanzados, como el paso automático a Profesor Permanente Laboral (figura equivalente) con la acreditación a Titular de Universidad 

d) Negociación ya!! del Reglamento para la Elaboración de los Planes de Asignación de Profesorado a los Planes de Organización Docente.

Nuestra dedicación horaria es extrema: preparación de clases, reuniones de trabajo, coordinación de asignaturas, dirección de TFEs, gestión, gestión de I+D, divulgación, publicaciones científicas. Una dedicación no recompensada justamente en nuestros salarios que nos impide una conciliación con la vida personal. La mesa de negociación tiene que abrirse de manera inmediata.